El 14 de abril de 2010 se presentó por parte de particulares y de la
ARMH ante los tribunales argentinos una querella contra la impunidad del
franquismo fundamentada en los delitos de lesa humanidad y/o genocidio y
en el contexto de la justicia internacional ante la negativa del estado
español a hacer justicia de esos crímenes
La sentencia dictada en el caso Garzón que absolvió al juez y al franquismo al mismo tiempo, ha tenido como inmediata consecuencia un impulso del proceso argentino, de forma que:
- Se reabre el procedimiento y se permite la nueva incorporación de querellantes y denunciantes.
- La jueza del caso llega a españa en septiembre y desde la embajada argentina tomará declaraciones y testimonios a las víctimas durante quince días.
La Red ciudadana en apoyo a la querella argentina (AQUA), anima a una presencia social abrumadora de víctimas del franquismo y de apoyos a esta causa.
La sentencia dictada en el caso Garzón que absolvió al juez y al franquismo al mismo tiempo, ha tenido como inmediata consecuencia un impulso del proceso argentino, de forma que:
- Se reabre el procedimiento y se permite la nueva incorporación de querellantes y denunciantes.
- La jueza del caso llega a españa en septiembre y desde la embajada argentina tomará declaraciones y testimonios a las víctimas durante quince días.
La Red ciudadana en apoyo a la querella argentina (AQUA), anima a una presencia social abrumadora de víctimas del franquismo y de apoyos a esta causa.
Quién puede formar parte de la querella Argentina
Cualquier persona, que sea:
Víctima directa, (detenido, encarcelado, malos tratos, otros perjuicios).
Familiar de víctima, en cuanto a grado de parentesco se ha llegado a admitir la denuncia de una sobrina bisnieta.
Testigo de algún delito relacionado con la causa.
Y también se puede apoyar la causa.
- Formas de personarse en la querella argentina.
- Como querellante. Es la propia víctima o el familiar en nombre de aquélla quien reclama justicia, por representación de lxs abogadxs.
- Documentación.
- Testimonio escrito y firmado que incluye exposición de “daños”.
- Acreditación de filiación, libros de familia, partidas de nacimiento o de defunción…
- Documentos en que se reflejan los delitos: consejos de guerra, certificados de prisiones, fotos, certificados de ministerios afectados…
- Poder notarial otorgado a favor de los abogados de la querella, que puede hacerse individual, o conjunto y separado (así cuesta menos).
- Apostilla del poder notarial.
- Como denunciante.
a) Tanto en el caso de víctima o familiar, es la propia persona quien realiza la denuncia de manera directa, sin otorgar poder. Tendría que ratificar la denuncia ante la jueza. Se requiere la misma documentación ,salvo el poder.
b) Quien se persona como testigo, denuncia delitos que presenció sobre personas conocidas o grupos de personas. Da testimonio.
- Como apoyo.
No se es ni víctima ni familiar ni testigo pero sí se quiere prestar adhesión a la querella.
Los apoyos pueden darse tanto por personas individuales como por asociaciones. Se trata de rellenar y firmar un modelo estándar que se ha elaborado.
Se pretende que los días en que esté la jueza argentina en Madrid se ratifiquen las denuncias y se muestren los apoyos ante la embajada.
Es decisivo e importantísimo aprovechar esta gran oportunidad de exigir justicia contra la impunidad del franquismo. Es imprescindible estar allí y que se perciba como un clamor el deseo de justicia, como muestra del juicio popular que realizamos
· Contra la impunidad del franquismo
· Castigo a los culpables de los crímenes y la represión
· Por la anulación de todos los juicios injustos, y la restitución del honor de las víctimas de la represión participa en la querella que se instruye en Argentina.
Víctima directa, (detenido, encarcelado, malos tratos, otros perjuicios).
Familiar de víctima, en cuanto a grado de parentesco se ha llegado a admitir la denuncia de una sobrina bisnieta.
Testigo de algún delito relacionado con la causa.
Y también se puede apoyar la causa.
- Formas de personarse en la querella argentina.
- Como querellante. Es la propia víctima o el familiar en nombre de aquélla quien reclama justicia, por representación de lxs abogadxs.
- Documentación.
- Testimonio escrito y firmado que incluye exposición de “daños”.
- Acreditación de filiación, libros de familia, partidas de nacimiento o de defunción…
- Documentos en que se reflejan los delitos: consejos de guerra, certificados de prisiones, fotos, certificados de ministerios afectados…
- Poder notarial otorgado a favor de los abogados de la querella, que puede hacerse individual, o conjunto y separado (así cuesta menos).
- Apostilla del poder notarial.
- Como denunciante.
a) Tanto en el caso de víctima o familiar, es la propia persona quien realiza la denuncia de manera directa, sin otorgar poder. Tendría que ratificar la denuncia ante la jueza. Se requiere la misma documentación ,salvo el poder.
b) Quien se persona como testigo, denuncia delitos que presenció sobre personas conocidas o grupos de personas. Da testimonio.
- Como apoyo.
No se es ni víctima ni familiar ni testigo pero sí se quiere prestar adhesión a la querella.
Los apoyos pueden darse tanto por personas individuales como por asociaciones. Se trata de rellenar y firmar un modelo estándar que se ha elaborado.
Se pretende que los días en que esté la jueza argentina en Madrid se ratifiquen las denuncias y se muestren los apoyos ante la embajada.
Es decisivo e importantísimo aprovechar esta gran oportunidad de exigir justicia contra la impunidad del franquismo. Es imprescindible estar allí y que se perciba como un clamor el deseo de justicia, como muestra del juicio popular que realizamos
· Contra la impunidad del franquismo
· Castigo a los culpables de los crímenes y la represión
· Por la anulación de todos los juicios injustos, y la restitución del honor de las víctimas de la represión participa en la querella que se instruye en Argentina.